AMT ASOCIADOS

“Renaciendo con fuerza y determinación, superamos los desafíos y avanzamos hacia una nueva etapa de crecimiento empresarial.”

¿Que es la recuperacion empresarial?

Es un procedimiento extrajudicial de salvamento para las empresas previsto por el Decreto Legislativo 560 de 2020 y en el Decreto Reglamentario 842 de 2020, que permite a los empresarios afectados por la disminución de actividades e ingresos con ocasión de la pandemia generada por el Coronavirus COVID 19, puedan suscribir con sus acreedores acuerdos de pago para atender sus obligaciones, y preservar su actividad económica para proteger el empleo.

Hechos

  1. Los hechos que llevan a presentar la presente solicitud se enmarcan en a la crisis causada por el Covid 19, debido a la pandemia y al cierre temporal de las empresas por la cuarentena, la sociedad AMT dejó de percibir ingresos por el periodo de 4 meses, pues desde el mes de marzo hasta el mes de junio de 2020 no fue posible que estos laboraran puesto que el país se encontraba en cuarentena total.
  2. La falta de ingresos durante el periodo de 4 meses causó un déficit económico en los ingresos de la sociedad, toda vez que estos siguieron asumiendo los gastos del giro ordinario aun cuando no se estaban generando ingresos.
  3. Luego de que se empezara con el proceso de reactivación económica, la sociedad empezó a percibir ingresos sin embargo estos no eran iguales a los que se venían percibiendo, toda vez que, el número de clientes disminuyó sustancialmente. Por lo anterior, la empresa empezó a retrasarse en el pago de las obligaciones financieras con los bancos.
  1. Para el año 2021 varias de las empresas clientes de la sociedad cerraron sus puertas debido a que no se lograron recuperar de la crisis económica del covid, sumado a esto otras dejaron de contratar los servicios ya sea porque no les era posible asumir esos pagos o porque cambiaron la estrategia para el mantenimiento de los vehículos, situación que agravó aún mas el estado financiero de la sociedad, puesto que hizo que se disminuyera aún más los ingresos.
  2. Debido al incumplimiento en el pago de las obligaciones bancarias, banco Itaú inicio un proceso contra la sociedad, proceso en el cual se decretó el embargo de las cuentas de la compañía.
  3. Dicha decisión fue apelada por la sociedad, debido a la grave afectación que se generaba a partir de este embargo, por lo cual el juzgado decidió aceptar el levantamiento de la medida cautelar, por errores de forma en el proceso y por la afectación material de la medida cautelar; sin embargo, a la fecha debido a la alta congestión judicial, no se ha logrado materializar el levantamiento de este embargo.

Documentos relevantes sobre nuestra solicitud de recuperación empresarial: